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Vencen plazos electorales

Publicado por admin el 22 Oct, 2009 y archivado en Destacados, Nacionales. Puede seguir cualquier respuesta por medio de  RSS 2.0. Puede dejar un comentario o hacer trackback a esta entrada. 

Por Mariano Rodríguez M.

El TSE recordó a todos los partidos políticos que este viernes 23 de octubre, a las 4 de la tarde, vence el plazo para presentar las solicitudes de inscripción de candidaturas. CRH
El TSE recordó a todos los partidos políticos que este viernes 23 de octubre, a las 4 de la tarde, vence el plazo para presentar las solicitudes de inscripción de candidaturas. CRH

El TSE recordó a todos los partidos políticos que este viernes 23 de octubre, a las 4 de la tarde, vence el plazo para presentar las solicitudes de inscripción de candidaturas. CRH

SAN JOSÉ, 22 oct (CRH) – El 23 de octubre vence el plazo para inscribir candidaturas a puestos de elección popular, el 29 finaliza la inscripción ante el TSE de las empresas encuestadoras y el 31 de octubre es el último día para que los partidos políticos publiquen sus estados financieros y la lista de contribuyentes.

El TSE recordó a todos los partidos políticos que este viernes 23 de octubre, a las 4 de la tarde, vence el plazo para presentar las solicitudes de inscripción de candidaturas ante la Dirección General del Registro Electoral.

Actualmente 49 agrupaciones políticas pueden inscribir candidaturas, de las cuales 9 son a escala nacional, 9 a escala provincial y 31 a escala cantonal.

Encuestas

El jueves 29 vence el término para que las instituciones y empresas encuestadoras se inscriban ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para la divulgación de encuestas y sondeos durante el período de la campaña electoral.

Los institutos, las universidades, así como cualquier ente público y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral tienen que registrarse ante el TSE.

El artículo 138 del Código Electoral prohíbe la difusión o publicación, parcial o total, por cualquier medio, de sondeos de opinión y encuestas relativas a procesos electorales, durante los 3 días inmediatos anteriores al de las elecciones y el propio día, y los elaborados por empresas no registradas durante el período de la campaña electoral.

Además, la nueva legislación electoral obliga a las empresas inscritas a mantener en custodia y a disposición del TSE, los documentos que respaldan las encuestas y los sondeos publicados durante el período de campaña electoral, desde el día de su publicación hasta el día siguiente a la declaratoria oficial del resultado de las elecciones para diputados.

Financiamiento

Finalmente, según el artículo 135 del Código Electoral, hasta el próximo 31 de octubre, tienen tiempo los partidos políticos para publicar -en un diario de circulación nacional- un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes.

En este último caso, el listado tiene que incluir el nombre completo del contribuyente, número de cédula y el monto total aportado por cada uno de ellos, durante el año.

Con la nueva legislación electoral, dicha publicación la tiene que realizar el tesorero de cada partido político, todos los meses de octubre de cada año.

Según el artículo 81 del Reglamento sobre el financiamiento de los partidos políticos, “no se girará a las agrupaciones políticas monto alguno de lo que pudiere corresponderles por contribución estatal, incluyendo lo relativo al financiamiento adelantado, hasta tanto no cumplan con la referida publicación del estado de sus finanzas y las listas de sus contribuyentes.”

Tan pronto se produzcan esas publicaciones, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos divulgará, por medio de la página web del TSE (www.tse.go.cr), los estados financieros auditados.

Sobre financiamiento adelantado

Una vez vencido el plazo para que los partidos políticos soliciten la inscripción de candidaturas, el Tribunal Supremo de Elecciones dictará la resolución en la que determinará el monto por concepto de financiamiento anticipado que le corresponderá a cada partido político.

La misma resolución ordenará retener el anticipo a aquellos partidos políticos que hayan incumplido su deber de hacer la publicación que ordena el artículo 135 del Código Electoral, hasta tanto subsanen dicha omisión.

Para estas elecciones nacionales, a celebrarse el próximo 7 de febrero de 2010, los partidos políticos que pueden solicitar financiamiento adelantado son 9 a escala nacional y 9 a escala provincial.

Apurados para cumplir plazos
Viernes 23 de octubre: último día para inscripción de candidaturas a puestos de elección popular

 
Jueves 29 de octubre: vence plazo para inscripción de empresas o instituciones encuestadoras

Sábado 31 de octubre: partidos políticos deben publicar sus estados financieros y listas de contribuyentes

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